Reforma de la Ley de Pensiones

Bengoa Vitoria-Gasteiz
Nuestro Departamento Laboral te informa sobre la reforma de la Ley de Pensiones que afecta, entre otros, a los períodos de cotización y a la edad para solicitarla.

A partir del 1 de enero de 2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de 67 años ó 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada a la de alta. Las edades de jubilación y el período de cotización se aplicarán de forma gradual.

Excepciones

Se mantiene la edad de 65 años para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1-1-2013, de conformidad con lo establecido en la disposición final 12.2. de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.

La edad mínima puede ser rebajada o anticipada, sólo para trabajadores en alta o en situación asimilada a la de alta, en determinados supuestos especiales.

Novedades

Entre los cambios que establece la norma, destacamos que se modifica el período de cálculo para determinar la pensión, que pasará de los 15 a 25 años. Además, varía el cálculo de la base reguladora, también de una forma transitoria. Se necesitarán tener 37 años cotizados en 2027, para poder cobrar el cien por cien de la base reguladora, y no 35 como hasta ahora.

La Ley de Pensiones prevé un aumento de las bonificaciones para aquellos que decidan prolongar su vida laboral más allá de lo que le corresponda por ley. El aumento irá entre el 1 y el 4% anual hasta llegar al límite que establece la llamada pensión máxima de jubilación (de 3.425 euros al mes).

Si estas novedades te preocupan, llámanos y quedamos para que nuestro Departamento Laboral te explique todos lo pormenores con detalle.

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